jueves 11/06

¿Free shops en Corrientes?: un decreto nacional los habilita

El presidente Javier Milei firmó el decreto 438/2026 que incorpora el régimen de tiendas libres de impuestos en fronteras terrestres. La medida, publicada este martes en el Boletín Oficial, podría tener impacto en Corrientes, que cuenta con tres pasos fronterizos.

El presidente Javier Milei firmó ayer el decreto 438/2026, publicado este martes en el Boletín Oficial, que incorpora al ordenamiento jurídico argentino el régimen de tiendas libres de impuestos en fronteras terrestres. La medida, que tiene vigencia desde hoy, podría tener un impacto directo en Corrientes, provincia que cuenta con tres pasos fronterizos terrestres: Paso de los Libres con Uruguayana, Santo Tomé con São Borja —ambos con Brasil— e Ituzaingó con Ayolas, en Paraguay.

El decreto establece que los viajeros que ingresen o egresen del país podrán comprar mercadería nacional o extranjera en estas tiendas, sin finalidad comercial, dentro de los límites del régimen de equipaje vigente. La instalación de cada local requerirá autorización del Ministerio de Economía y habilitación aduanera de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

Una asimetría histórica

El caso más relevante para la provincia es el paso Paso de los Libres-Uruguayana, uno de los más transitados del país. Del lado brasileño, las llamadas «lojas francas» funcionan desde hace años y generan una ventaja competitiva para el comercio de Uruguayana, atrayendo compradores argentinos hacia ese lado de la frontera. El decreto incorpora una resolución del Mercosur de 2018 que busca precisamente equiparar las condiciones entre los países miembros, reconociendo que ese desequilibrio existe y afecta a las zonas de frontera argentinas.

Qué se puede vender y qué no

No todos los productos están habilitados. La normativa del Mercosur excluye los alimentos de la canasta básica, tabaco y cigarrillos, armas y municiones, electrodomésticos de gran porte, maquinaria agrícola e industrial, materiales de construcción, neumáticos, medios de transporte y sus repuestos, y la mayor parte de los textiles y calzado. Lo que queda habilitado es el rubro clásico de este tipo de comercios: bebidas, perfumes y cosméticos de marcas reconocidas, junto a electrónica de consumo y artículos de cuero, categorías que concentran históricamente la mayor demanda en las tiendas francas de la región.

Cuándo entraría en operación

A pesar de la vigencia inmediata del decreto, la apertura efectiva de las tiendas no es inminente. La norma establece un plazo máximo de 30 días para que el Ministerio de Economía y ARCA dicten las normas complementarias necesarias. Recién a partir de ese momento comenzarán a tramitarse las habilitaciones individuales, mediante procedimientos que el decreto define como competitivos, objetivos y transparentes.

El decreto fue firmado por Milei junto al jefe de Gabinete Manuel Adorni y el ministro de Economía Luis Caputo.